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Defensatributaria.es: La Agencia Tributaria cobrará el interés más bajo desde 1973 para el aplazamiento de impuestos.

El tipo de interés de demora bajará del 4,475% al 3,75%.

El tipo de interés de demora, utilizado para fijar el coste de aplazamientos o retrasos en el pago de impuestos, bajará del 4,475% al 3,75% según los Presupuestos Generales para el Estado para 2016.

De igual modo, el tipo de interés legal del dinero, aplicable a los aplazamientos con aval, bajará del 3,5% al 3%.

La mayoría de las empresas que solicitan un retraso respecto a su deuda fiscal opta por aplazar la cuota de IVA o del impuesto de sociedades. La Agencia Tributaria concede aplazamientos de hasta 18.000 euros sin necesidad de aval, mientras que si se quiere retrasar cotizaciones sociales el importe se elevaría a los 30.000 euros.

Para ello, se debe facilitar los datos que acrediten la necesidad de solicitar un aplazamiento y cualquier información que aporte garantías de que existe capacidad para devolver el dinero. Si el aplazamiento no incluye un aval, el tipo de interés aplicable es el de demora, que será del 3,75% a partir de enero. Si se presta una garantía, entonces el tipo de interés será el del legal del dinero, que se ha fijado en el 3% para 2016.



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