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Si Vd. vendió en febrero de 2013 su vivienda habitual, adquirida en 2010 con financiación concedida por una entidad bancaria o similar y sobre la que se aplicaba la deducción por inversión en vivienda habitual y meses después, siempre en el mismo año 2013, compra una nueva vivienda reinvirtiendo la totalidad del importe obtenido por la venta de la vivienda anterior.
¿Cómo afecta esta operación en su declaración de IRPF?
La ganancia obtenida por la venta de la vivienda está exenta de tributación pues se han cumplido los requisitos para ello: se produce una reinversión del 100% del importe recibido de la transmisión de la vivienda habitual anterior y en el plazo de dos años anteriores o posteriores a la fecha de la venta.
Eso si, por la nueva vivienda habitual no podrá practicarse la deducción por adquisición de vivienda, dado que se ha adquirido con posterioridad al 1 de enero de 2013.
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