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Derecho Tributario

Opción de tributación conjunta o individual ante una comprobación de la AEAT.

Opción de tributación conjunta o individual ante una comprobación de la AEAT a partir de un requerimiento:

Al no haber presentado el reclamante la autoliquidación, ni manifestado expresamente su opción por la tributación conjunta en el plazo de diez días a partir del requerimiento, se entiende que tributa individualmente. - Dirección General Tributos.-

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